Si usted es un profesor o profesora que ha
planificado viajar con su familia o amigos al interior del país durante las vacaciones
de medio año, es mejor que comience a evaluar la posibilidad de postergar este
viaje porque en los próximos días su jefe inmediato o el director de su
institución educativa podría comunicarle de las acciones de actualización a
desarrollarse durante los días de vacaciones de medio año.
El Reglamento de la Ley del Profesorado en su artículo 47º establecía que “Durante las vacaciones escolares de medio año los profesores del Área de
Sin embargo, el actual artículo 147.1 del Reglamento
de la Ley de Reforma Magisterial (RLRM) establece que “En las vacaciones escolares de medio año los profesores del Área de
Gestión Pedagógica desarrollan actividades propias de su responsabilidad en el
trabajo educativo, sin necesidad de asistir a la institución educativa. Sin embargo, en caso las instancias de
gestión educativa descentralizada programen actividades que requieran de la
asistencia del profesor, este se encuentra en la obligación de participar en
las mismas, caso contrario se procederá con los descuentos correspondientes”.
¿A qué actividades se refiere el artículo 147.1 del
RLRM?
Lo que parece obvio, no siempre lo es. Las actividades
podrían ser de cualquier tipo. Sin embargo, para abreviar voy a suponer que
este artículo se refiere a las actividades de formación en servicio.
Lo cual significa que las Instituciones Educativas,
las Unidades de Gestión Educativa Local, las Direcciones Regionales de
Educación y el propio Ministerio de Educación pueden programar estas
actividades y obligar a los profesores a participar, bajo la amenaza del
descuento en su remuneración.
Aun en el supuesto que estas actividades de
formación en servicio hayan sido planificadas durante los meses de noviembre y
diciembre del año anterior por los propios profesores, no se justifica una amenaza
de este tipo.
Es lamentable que el propio MINEDU, en lugar de
trabajar en favor de una escuela democrática,
flexible y que respete las normas de convivencia, utilice la amenaza como
forma de gestión. Este tipo de normas, propias de gestiones autoritarias, no
contribuyen en nada al desarrollo de liderazgos democráticos en el seno de las
instituciones educativas.
Los resultados serían superiores si estas acciones
de formación en servicio hicieran uso de la autoridad en vez del poder y de líderes
en vez de directores. Autoridad para influir y convencer. Líderes para motivar,
inspirar y transformar.
yo pienso como padre de familia que los profesores tienen derecho tambien a las vacaciones de medio año si los ociosos de los congresistas y ministros que ganan mas que los maestros se van con la plata de todos los peruanos los maestros que muchos la sudan deben tener un descanso
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